Vuelve a cambiar la caducidad de los yogures

Nunca un alimento había dado tantos problemas a la hora de catalogar la fecha máxima en la que se puede consumir. Hace poco más de un año, los yogures pertenecía a esa categoría de productos en los que se especificaba Fecha de Caducidad, o lo que es lo mismo, en la que se desaconsejaba consumir el yogur una vez pasado el límite de tiempo indicado.

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Caducidad de los yogures

Aunque hay que reconocer que muchos usuarios reconocen que tomaban yogures incluso varios días después de la fecha final, y sin ningún problema para la salud. De modo, que se cambio de fecha de caducidad, a fecha de consumo preferente, o lo que es lo mismo, se reconocía que el producto no presentaba problemas para la salud aunque se tomara después de esa fecha.

De nuevo, las reglas se cambian, y si ahora el tiempo mínimo se fijaba en 45 días desde su elaboración, ahora la normativa se cambia para que los yogures tengan una fecha de caducidad de hasta 2 meses desde su producción.

Además, a partir de ahora habrá seis clasificaciones para estos lácteos: «natural», «natural azucarado», «edulcorado», «con fruta, zumos y otros alimentos», «aromatizado» o «pasterizado después de la fermentación». Por otro lado, y por primera vez en España se permitirá que los yogures se elaboren a partir de nata, de forma que se consiga un producto más cremoso.

Con estas medidas, se pretende, sobre todo, que los productores españoles pueda competir en igualdad de condiciones con empresas europeas del sector.

¿Qué os parecen las nuevas medidas?

 

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